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Honorable Legislatura de la Provincia de Chubut

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Decreto N° 1060/1999 : [Poder Ejecutivo: Establecese que todos los proyectos u otras obras de inversión turística, deberá contar con la aprobación del Organismo Provincialde Turismo]

[Leyes, decretos, res.etc]. --
[s.l.] :

[s.n.]

, . --

  En Boletín Oficial no. 8342, 23/09/99

  Fecha: <13/09/99> Establece que todos los proyectos u obras de inversión turística deberá contar con al aprobación de Organismo Provincial de Turismo

  1. 
TURISMO
; 2. 
PROYECTO
; 3. 
ORGANISMO PROVINCIAL DE TURISMO
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Decreto N° 1060/1999 : [Poder Ejecutivo: Establecese que todos los proyectos u otras obras de inversión turística, deberá contar con la aprobación del Organismo Provincialde Turismo] [Leyes, decretos, res.etc]. -- [s.l.] : [s.n.], 1999

En Boletín Oficial no. 8342, 23/09/99

Fecha: <13/09/99> Establece que todos los proyectos u obras de inversión turística deberá contar con al aprobación de Organismo Provincial de Turismo

1. TURISMO; 2. PROYECTO; 3. ORGANISMO PROVINCIAL DE TURISMO
Solicitante: