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Honorable Legislatura de la Provincia de Chubut

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Decreto N° 156/2002 : Poder Ejecutivo: Reglaméntase la Ley N° 4801 (Modificación de la Ley N° 3764 - Publicidad oficial) y Deróganse los artículos 8°, 9°, 10°, 11° y 12° del decreto n° 486/93

[Leyes, decretos, res.etc]. --
[s.l.] :

[s.n.]

, . --

  En Boletín oficial no. 8958, 14/03/02

  Fecha: <25/02/02> LA Dirección de publicidad dependiente de la Subsecretaría de Información Pública de la Secretaria General de la Gobernación, será el organismo que tendra a su cargo el <SISTEMA REGISTRAL DE PUBLICIDAD OFICIAL>. <Abrogado expresamente> por el <Dto. no. 03/2003- Art 10>

  1. 
PUBLICIDAD OFICIAL
; 2. 
LEY 4801
; 3. 
LEY 3764
; 4. 
DECRETO REGLAMENTARIO
; 5. 
DTO. NO. 3/2003
; 6. 
LEY I Nº 156
0 Ejemplar
U. Info. Inventario S.T. / Ubicación Estado de Disponibilidad Tipo de Préstamo

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TE/FAX 0280 4483152
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Chubut
Decreto N° 156/2002 : Poder Ejecutivo: Reglaméntase la Ley N° 4801 (Modificación de la Ley N° 3764 - Publicidad oficial) y Deróganse los artículos 8°, 9°, 10°, 11° y 12° del decreto n° 486/93 [Leyes, decretos, res.etc]. -- [s.l.] : [s.n.], 2002

En Boletín oficial no. 8958, 14/03/02

Fecha: <25/02/02> LA Dirección de publicidad dependiente de la Subsecretaría de Información Pública de la Secretaria General de la Gobernación, será el organismo que tendra a su cargo el . por el

1. PUBLICIDAD OFICIAL; 2. LEY 4801; 3. LEY 3764; 4. DECRETO REGLAMENTARIO; 5. DTO. NO. 3/2003; 6. LEY I Nº 156
Solicitante: