Fecha: <24/10/02> Promulga la <LEY 4920> Aprueba <LEY ORGANICA> DEL <MINISTERIO DE POBRES, AUSENTES, MENORES E INCAPACES> dependiente del <PODER JUDICIAL> de la Provincia ,en la cual ademas de las generalidades de funcionamiento se especifican las funciones del <MINISTERIO DE DEFENSA PUBLICA> y la Oficina de <SERVICIO SOCIAL> . Deróganse de las Leyes 37, 1130 y 3193 solo lo relativo al Ministerio de Pobres, ausentes e incapaces , en cuanto sus normas se opongan a la presente ley
Fecha: <24/10/02> Promulga la Aprueba DEL dependiente del de la Provincia ,en la cual ademas de las generalidades de funcionamiento se especifican las funciones del y la Oficina de . Deróganse de las Leyes 37, 1130 y 3193 solo lo relativo al Ministerio de Pobres, ausentes e incapaces , en cuanto sus normas se opongan a la presente ley
1. MINISTERIO DE POBRES Y AUSENTES; 2. MENORES; 3. DEROGACIÓN; 4. LEY 37; 5. LEY 1130; 6. LEY 3193