Fecha : <23/11/04> Promulga <Ley 5245>. Derógase el inciso a 3) del art. 10 de la Ley 3923 T:O: 4251 . Condónase la deuda previsional de magistrados, empleados y funcionarios del Poder Judicial y restitúyese los descuentos practicados al Poder Legislativo.
Fecha : <23/11/04> Promulga . Derógase el inciso a 3) del art. 10 de la Ley 3923 T:O: 4251 . Condónase la deuda previsional de magistrados, empleados y funcionarios del Poder Judicial y restitúyese los descuentos practicados al Poder Legislativo.
1. CONDONACIÓN DE DEUDA; 2. LEY 3923; 3. PODER JUDICIAL; 4. PODER LEGISLATIVO