Decreto N° 90/1994 : Poder Ejecutivo: modifícase el artículo 21º. de la Ley no. 3921
[Leyes, decretos, res.etc]. --
[s.l.] :
[s.n.]
, 1994. --
En Boletín oficial no. 6934, 27/01/94
Fecha <21/01/94> Se dispone la unificación de cuentas que tengan recaudación, existentes en el <BANCO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT>, pertenecientes a la Administración Pública con excepciones. Los programas de gastos e inversiones deberán ser habilitados por el Ministerio de Economía Servicios y Obras Públicas.
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Chubut
Decreto N° 90/1994 : Poder Ejecutivo: modifícase el artículo 21º. de la Ley no. 3921 [Leyes, decretos, res.etc]. -- [s.l.] : [s.n.], 1994
En Boletín oficial no. 6934, 27/01/94
Fecha <21/01/94> Se dispone la unificación de cuentas que tengan recaudación, existentes en el , pertenecientes a la Administración Pública con excepciones. Los programas de gastos e inversiones deberán ser habilitados por el Ministerio de Economía Servicios y Obras Públicas.
1. DECRETOS DE NECESIDAD Y URGENCIA; 2. LEY 3921; 3. UNIFICACION DE CUENTAS; 4. DESCENTRALIZACION; 5. PRESUPUESTO; 6. MINISTERIO DE ECONOMÍA, SERVICIOS Y OBRAS PÚBLICAS