Decreto N° 196/2021 : Poder Ejecutivo: Suspéndase durante la vigencia de la emergencia declarada por Ley VII N° 91 los efectos de las medidas cautelares, setencias judiciales y medidas de ejecución que ordenen al Estado Provincial
[Leyes, decretos, res.etc]. --
Rawson :
[s.n.]
, 2021. --
En Boletin Oficial no. 13621, 30/03/2021
Fecha: <29/03/2021> Suspende, mientras dure la vigncia de la emergencia declarada por Ley VII N° 91, los efectos de las medidas de ejecución que ordenen al Estado Provincial al pago de los haberes devengados y adeudados, como los que se devenguen en el futuro, respecto de los empleados activos y pasivos de la Aministración Pública Central y Descentralizada, las Entidades Autárquicas, Autofinacias, Sociedades del Esado, Servicios de Cuentas Especiales y todo otro Ente en el cual el Estado Provincial tengas participación total o mayoritaria de capita o en la formación de las desiciones societarias, del Poder Legislativo y del Poder Judicial. De oficio, corresponderá ordenar el inmediato levantamiento de las <medidas cautelares> ya dispuestas
Atención NO ES UNA RESERVA!
Es solo a los efectos de disponer de los datos del ejemplar para solicitarlo a biblioteca.
Tenga presente también que puede seleccionar favoritos
(los documentos que le interesen) durante su
sesión y obtener una lista de ellos.
Formulario para Solicitud de Material
Chubut
Decreto N° 196/2021 : Poder Ejecutivo: Suspéndase durante la vigencia de la emergencia declarada por Ley VII N° 91 los efectos de las medidas cautelares, setencias judiciales y medidas de ejecución que ordenen al Estado Provincial [Leyes, decretos, res.etc]. -- Rawson : [s.n.], 2021
En Boletin Oficial no. 13621, 30/03/2021
Fecha: <29/03/2021> Suspende, mientras dure la vigncia de la emergencia declarada por Ley VII N° 91, los efectos de las medidas de ejecución que ordenen al Estado Provincial al pago de los haberes devengados y adeudados, como los que se devenguen en el futuro, respecto de los empleados activos y pasivos de la Aministración Pública Central y Descentralizada, las Entidades Autárquicas, Autofinacias, Sociedades del Esado, Servicios de Cuentas Especiales y todo otro Ente en el cual el Estado Provincial tengas participación total o mayoritaria de capita o en la formación de las desiciones societarias, del Poder Legislativo y del Poder Judicial. De oficio, corresponderá ordenar el inmediato levantamiento de las ya dispuestas