Fecha: <06/09/2021> Exime, excepcionalmente y por única vez, a los <Guías de Turismo>, que debían renovar durante el período 2020 y el período 2021 , su inscripción, en el Registro Provinial e Guías de Turismo, cofección de credencial y multa por renovación de inscripción fuera de termino, establecidos en los <Dto. no. 1435/1993> y <Dto. no. 1579/2004>. Faculta al Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas y/u otro organismo que en el futuro lo reeplace a modificar, según lo estime conveniente
Fecha: <06/09/2021> Exime, excepcionalmente y por única vez, a los , que debían renovar durante el período 2020 y el período 2021 , su inscripción, en el Registro Provinial e Guías de Turismo, cofección de credencial y multa por renovación de inscripción fuera de termino, establecidos en los y . Faculta al Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas y/u otro organismo que en el futuro lo reeplace a modificar, según lo estime conveniente
1. EXCEPCIONES LEGALES; 2. RENOVACIÓN; 3. GUÍA DE TURISMO; 4. MINISTERIO DE TURISMO; 5. 2020; 6. 2021; 7. REGISTRO PROVINCIAL DE GUÍAS DE TURISMO