Fecha:<10/01/2023> Deja sin efecto el <dto. no. 476/22> que determina a partir de la fecha del presente decreto, que el valor viático a percibir por los agentes de la Administración Pública Provincial será liquidado en base al valor módulo establecido según el artículo 118 de la <Ley II N° 76> y conforme las categorías previstas en el <dto. no. 181/02>
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Chubut
Decreto N° 42/2023:[ Deja sin efecto decreto] [Leyes, decretos, res.etc]. -- Rawson : [s.n.], 2023
En Boletín Oficial N° 14063, 24/01/2023
Fecha:<10/01/2023> Deja sin efecto el que determina a partir de la fecha del presente decreto, que el valor viático a percibir por los agentes de la Administración Pública Provincial será liquidado en base al valor módulo establecido según el artículo 118 de la y conforme las categorías previstas en el
1. VALOR VIATICO; 2. AGENTES PÚBLICOS; 3. LEY II N° 76