Fecha : <05/02/025> Exímase del impuesto inmobiliario a los inmuebles ubicados fuera de los ejidos municipales que se encuentren afectados exclusivamente a la actividad ganadera y del impuesto a los ingresos brutos y derógase los artículos 1° y 14° de la <Ley XXIV N° 102> .
Fecha : <05/02/025> Exímase del impuesto inmobiliario a los inmuebles ubicados fuera de los ejidos municipales que se encuentren afectados exclusivamente a la actividad ganadera y del impuesto a los ingresos brutos y derógase los artículos 1° y 14° de la .
1. PROMULGACION DE LEY; 2. IMPUESTO INMOBILIARIO; 3. EXIMICIÓN DE IMPUESTOS; 4. INGRESOS BRUTOS; 5. EJIDO MUNICIPAL; 6. ACTIVIDAD GANADERA